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Opinión

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La situación procesal de Miguel Ángel Ojeda

En una carta de lectores relata Orlando Rúl Ojeda que existen posibilidades de incorporar elementos de prueba que puedan llegar a desvincular de la investigación del expediente donde es procesado con prisión preventiva por el delito de violación de una menor de 5 años de edad. Conforme la instancia actual del proceso no se puede determinar que exista certeza respecto de la responsabilidad penal de Miguel Angel Ojeda como autor material de dicho delito.
Darío Hernán Irigaray
Por Darío Hernán Irigaray

Sr. Director

La situación procesal de Miguel Angel Ojeda conforme el estado actual del expediente es de procesado con prisión preventiva por el delito de violación de una menor de 5 años de edad.

En primer término es necesario aclarar que el procesamiento significa que existen elementos que permiten vincularlo al expediente como posible autor material del delito investigado. Conforme la instancia actual del proceso no se puede determinar que exista certeza respecto de la responsabilidad penal de Miguel Angel Ojeda como autor material de dicho delito, lo cual se debatirá en el marco del debido proceso en un juicio oral y público, siempre que existan elementos probatorios que justifiquen la realización del mismo, existiendo aún la posibilidad que se incorpore elementos de prueba que lo puedan llegar a desvincular de la investigación.

En lo que respecta a la prisión preventiva dictada por el Juez de Instrucción debe decirse que no está firme, quedando pendiente la realización de una audiencia para que la defensa exprese las razones que expliquen por qué no existen argumentos suficientes para privar de libertad a Miguel Angel Ojeda.

En este sentido es necesario hacer saber que la prisión preventiva tiene como finalidad evitar que el imputado evada el accionar de la justicia fugándose y/o que el mismo entorpezca la investigación, no existiendo elementos de prueba que acrediten que el Miguel Angel Ojeda intentará alguna de estas dos opciones, motivo por el cual el encierro se torna arbitrario.

A ello debe agregarse que Miguel Angel siempre estuvo a disposición del Juez de la causa presentándose en la oportunidad que fue citado, no advirtiéndose en consecuencia el motivo por el cual se presume que intentará fugarse.

En este sentido, debe tenerse presente que conforme la etapa procesal actúal de la investigación, la inocencia de Miguel Angel Ojeda no ha sido desvirtuada, siendo esta última una presunción Constitucional que debe destruirse conforme las exigencias y requisitos propios del debido proceso mediante plena certeza, no solo de la existencia del hecho ilícito sino también de la autoría del mismo, todo lo cual aún no ha ocurrido.

Esto exige un juicio con amplio debate y producción de toda la prueba recolectada en la etapa de instrucción todo lo cual aún no ha ocurrido. En este sentido es oportuno informar que existen elementos de prueba pendientes de producción de gran importancia para la causa.

La finalidad del proceso penal es la dilucidación de la verdad respecto de los hechos investigados.

Orlando Rúl Ojeda
DNI 12.978.823

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