El Concejo Deliberante derogó la ordenanza Nº 943/04 y dio paso a la aplicación de la ley provincial Nº 2477 tal como estaba previsto
Con la aplicación de la ley, las casas de juegos de azar deberán demostrar las si cumplieron con el Plan de Inversiones comprometido, en caso contrario, caducarán las licencias comerciales para el año próximo.
A quienes se le prorroguen las habilitaciones comerciales, deberán pagar un valor anual de 150.000 pesos y una tasa mensual de 20.000 pesos en concepto de Derecho de Inspección, Seguridad Higiene.
Las habilitaciones comerciales que se otorguen, se confeccionarán bajo el rubro “Salas de Juegos de Azar”, tal cual lo establece la Ley Provincial 2477/04, abandonando el rubro “Casa de Videos Juegos” con el que estaban funcionando hasta el momento.
En uno de los párrafos de la nueva legislación, menciona: “solo se habilitarán el próximo año ha quienes han cumplido con las inversiones manifestadas en el compromiso establecido en el Articulo 1 de la ley 2477 certificado por la autoridad de aplicación”. Además establece que varios de los artículos complementarios serán desarrollados en las comisiones del Concejo Deliberante y oportunamente con el Juzgado de Faltas.
Por su parte, el secretario Parlamentario del Concejo Deliberante, Rafael Trujillo, manifestó: “está a pronto de cumplirse los plazos de las inversiones, que son alrededor de 2 millones de pesos, y la ley dice que tenían que construir hoteles y cosas así”. Y continúo diciendo: “el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar si se cumplieron las inversiones, teniendo en cuenta que los plazos están vencido”.
Una vez de sancionada la ordenanza, los comerciantes dedicados al rubro tendrán díez días de plazo para presentarse en el Municipio con el objetivo de regularizar su situación impositiva y reglamentaria de la aplicación de la ley.
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