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Intiman a las empresas petroleras para que presenten planos de oleoductos

La medida fue impulsada por el titular del Juzgado de Faltas, José Luis Miranda, quien adelantó que frenará los trabajos de construcción de la vía férrea del tren de potasio si las empresas no presentan los datos solicitados.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

El juzgado de faltas de esta ciudad, con competencia en las áreas donde se construirá la vía de la firma Vale Do Río Doce, detendrá cualquier proyecto de obra férrea si en las próximas horas las empresas de la zona no presentan la planimetría de oleoductos y gasoductos.

Esta medida fue impulsada por José Luis Miranda, titular del juzgado de Faltas, quien el pasado viernes 3 de junio envió a las compañías vinculadas con la actividad petrolera en la zona, un oficio pidiendo estudios técnicos sobre el eventual o definitivo trazo de la vía por encima de los ductos de transporte con la planimetría actualizada.

El oficio sostiene que de no presentarlos en un plazo de cinco días, frenará cualquier trabajo férreo en la zona vinculado con el proyecto potasio. Miranda resolvió esta medida porque por debajo de la traza del tren de potasio se conocen al menos cinco ductos de gran magnitud que transportan hidrocarburos, que carecerían de planos actualizados que indiquen la ubicación correcta de los ramales.

Según entiende la justicia, ninguna obra ni estatal ni privada puede construirse arriba de estos ductos sin antes presentar una serie de estudios y propuestas de quien realice la obra, para sortear la traza de alta presión.

Para detener la obra férrea de Vale el juzgado de Faltas se basó en el artículo 41 de la Constitucional Nacional, que expresa que “le corresponde a la Nación dictar normas de protección ambientales, a las provincial complementarlas pero sin que se alteren las jurisdicciones locales (municipios)”.

Además, el artículo 271 de la Constitución Provincial expresa que los municipios son autónomos en el ejercicio de sus atribuciones y resoluciones y esas decisiones no pueden ser revocadas por otra autoridad”.

La Constitución de Neuquén agrega en su artículo 92 que “los municipios pueden dictar normas ambientales de acuerdo a su competencia”.

En tanto, en la Carta Orgánica local y en su artículo 30, dice que “el municipio preservará el medio ambiente, controlará todas las actividades dentro de su jurisdicción, reglamentado cada una de ellas. El control ambiental será ejercido por un área técnica y legal a tal fin”.


Miranda asegura tener suficientes razones para detener cualquier intención de construir la vía por Rincón, sin no se presenta un estudio serio y aprobado por el mismo juzgado de la planimetría de gasoductos y oleoductos.

Como punto de comparación, se sabe que los nueve kilómetros de ruta de tierra que separan a Rincón de Añelo, la provincia aún no puede pavimentarlos porque debajo de esa traza cruza un gasoducto de alta presión.

Después de varios meses de infructuosos trámites, los permisos no se consiguen ya que la operadora deberá realizar una obra de gran envergadura para darle mayor seguridad al gasoducto que pasa bajo la ruta.

La obra la deberá ser costeada por el gobierno de Neuquén que es el interesado en construir la ruta.

En el caso de Vale Do Río Doce, los ductos que pasan por debajo de la vía también merecen el mismo tratamiento y sería la empresa brasileña quien deba costear esas obras.

Fuente: Río Negro

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