Para intentar aliviar la acuciante situación económica por la que atraviesa la institución en Rincón de los Sauces, el pasado miércoles 11 de mayo los ediles rinconenses aprobaron una tasa de contribución que se abonará conjuntamente con los impuestos retributivos.
La iniciativa, impulsada por el concejal del UNE y actual presidente del Consejo Deliberante, Fabián Raninqueo, fue aprobada por unanimidad con el nombre de “Tasa de Contribución a Bomberos Voluntarios” y será destinada al mantenimiento económico del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Rincón de los Sauces, el cual percibirá la misma en contraprestación por Servicio de Inspección de locales comerciales y empresas en los cuales se deba realizar Informe de Seguridad Contra Incendios.
Los montos de la denominada Tasa/Bomberos oscilarán desde los 2 pesos para contribuyentes comunes, 4 para pequeños comerciantes y van ascendiendo gradualmente hasta llegar a los 25 pesos para “empresas u organismos de explotación, producción, servicios y/o suministro nacionales”.
La tasa mencionada alcanzará a todos los contribuyentes de la localidad de Rincón de los Sauces y será descripta en la factura con la abreviatura: “Tasa/Bomberos”. Por otra parte, el 0.5% de esta tasa será utilizada por la Administración Municipal como Gasto Administrativo.
Los fondos percibidos por la Asociación Bomberos Voluntarios que provengan de esta tasa serán utilizados únicamente para el sostenimiento económico del cuerpo de bomberos voluntarios, para el reequipamiento, mantenimiento y reparación de unidades, capacitaciones para sus integrantes, pago del seguro de vida del cuerpo activo y de vehículos afectados al servicio.
La norma prohíbe la utilización de dichos fondos para otro tipo de gastos, que serán presupuestados anualmente por la Asociación de Bomberos Voluntarios y enviados al Departamento Ejecutivo Municipal para que sean incorporados en el Presupuesto anual.
Mensualmente, el Departamento Ejecutivo Municipal elevaría al Honorable Concejo Deliberante la rendición de los gastos abonados del mes inmediatos anterior con la copia del Expediente administrativo, a los efectos de que se emita la norma de donación correspondiente.
El Departamento Ejecutivo Municipal será el órgano de aplicación y el Deliberante el órgano de contralor, quienes podrán solicitar periódicamente y sin previo aviso a la Asociación de Bomberos Voluntarios la rendición, ejecución presupuestaria y toda información que crea pertinente en cuanto al uso y el destino de los fondos percibidos por la tasa implementada.
Por último, la norma establece un plazo de 30 días, a partir de la promulgación de la presente para la aplicación efectiva de la tasa creada.
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