Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Actualidad

Actualidad

Indefinición del TSJ impide que Rincón cobre multas

Al no expedirse el Tribunal Superior de Justicia sobre la inconstitucionalidad de la ordenanza que avala las millonarias multas, la municipalidad se encuentra a la espera.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

Desde la puesta en marcha de la ordenanza 1165 del 2009, que obliga al uso de mantas oleofílicas por parte de las empresas productoras de hidrocarburos y de servicios para evitar derrames de petróleo, el Juzgado de Faltas y la empresa Ragua S.R.L.labraron un sinnúmero de voluminosas multas e infracciones, sobre todo a Petrobrás e YPF.

Sin embargo, ese gran trabajo no se ha visto reflejado en los números del municipio, ya que pocas multas se han efectivizado. Es común escuchar especulaciones sobre la impericia municipal o su lentitud en lo refente a lo legal.

Al estudiar un poco el tema, se puede entrever que es un poco más complejo y toca otros intereses, sobre todo los que tienen que ver con la injerencia o no de la municipalidad de Rincón de los Sauces para poder cobrar esas multas

Angel Reynoso, representante legal del municipio, declaró que varias multas se encuentran en el Superior Tribunal de Justicia a la espera de una resolución ya que “tanto YPF como Petrobrás presentaron una medida cautelar y solicitan que dejemos en suspenso la aplicación de la sanción, porque consideran inconstitucional la ordenanza”.

Reynoso agregó que “a la par de que ejecutábamos las multas que se estaban haciendo, también teníamos que responder sobre la constitucionalidad de la norma y ahora estamos esperando que el Superior Tribunal se expida a favor o en contra de la ordenanza”.

El secretario legal del municipio criticó a cierta prensa de Rincón de los Sauces que sólo hace hincapié en el aspecto punitorio y recaudatorio, aclarando que el tema es más complejo.

“A nosotros lo que nos sobra es transparencia. Cuando yo expliqué el tema de la inconstitucionalidad y de los problemas que trae una norma que puede violentar el orden constitucional provincial, aclaré que estamos en una batalla legal bastante grave”.

“La fiscalía nos dice que no es atribución nuestra y que todas las actuaciones las debemos girar a la Dirección Provincial de Medio Ambiente”, directamente nos dicen no nos metamos. Sería muy irresponsable de mi parte seguir ejecutando las multas cuando no sé si la norma en la que se basan es legal”, agregó Reynoso.

Si bien la sanción es por derrame y no por el no uso de mantas, algo similar ocurre con el caso de Oldelval y el escandaloso derrame que se produjo en el mes de marzo, ya que la empresa aduce que el municipio no tiene competencia para actuar.

En este caso, el Superior Tribunal de Justicia ya emitió una medida cautelar y le solicitó al municipio que se abstenga de ejecutar la multa hasta que el organismo no se expida sobre el tema de fondo, es decir, la injerencia del municipio local en materia ambiental.

“Cuando el juez de faltas sanciona con la multa, la empresa contesta con una medida cautelar y cuando se tramita la medida, El Superior Tribunal de Justicia dice que más allá de lo que estén haciendo, tráiganme el expediente que lo quiero ver y entonces nosotros nos quedamos en un proceso de apelación intermedio, es decir nos quedamos a la mitad de la confirmación o no de la multa de Oldelval”, aclaró Reynoso.

En síntesis, para poder seguir avanzando con el cobro de las multas, en necesario que la máxima autoridad judicial de la provincia se expida al respecto y dictamine si Rincón de los Sauces puede cobrar esas multas o bien esta cuestión es materia de la Dirección Provincial de Medio Ambiente.

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Teclas de acceso