Según se indica en la ordenanza 1156, la prohibición de expender combustible a los que no poseen casco se debe a la intención de los concejales de buscar mecanismos para que los conductores de motocicletas y ciclomotores tomen conciencia sobre la importancia de conducir con casco.
Hay que destacar que cada día son más los casos de accidentes de motos con consecuencias gravísimas. Está probado que el casco protector reduce un 30 por ciento la posibilidad de sufrir lesiones mortales tras un accidente de moto.
Circular en motocicletas o ciclomotores dentro de una ciudad conlleva un mayor riesgo de sufrir lesiones en la cabeza debido al tráfico y cantidad de intersecciones.
Es sólo un mito que a poca velocidad no es necesario utilizar un casco, siendo esto muy afirmado sobre todo por jóvenes.
Según estudios internacionales la posibilidad de un accidente mortal para el usuario de un vehículo de dos ruedas es 13 veces mayor qué para el conductor de un automóvil.
Es importante conocer que un casco tiene un 67 por ciento de efectividad en la prevención de lesiones cerebrales.
Según trascendió en la localidad es alarmante la cantidad de heridos de diversa gravedad por el no uso del casco, tanto de los conductores como de sus acompañantes.
La ordenanza en cuestión, indica en su primer artículo la prohibición de expendio de combustibles a todos aquellos motociclistas que a la hora de pretender abastecerse lo hacen sin utilizar casco, tanto el conductor, como el acompañante.
A partir del 26 de diciembre, o quizás desde los primeros días del año 2009 el ejecutivo municipal deberá controlar que sea ejecutada esta ordenanza, proveyendo a los propietarios de los comercios expendedores de combustibles, cartelería con la inscripción “Por Su Bien, Sin Casco, No Hay Nafta” junto al número correspondiente de la presente ordenanza municipal.
La ordenanza contiene también la obligatoriedad de darle amplia difusión 15 días antes de comenzar, y reiterarla cada 4 meses, pero durante 10 días. Instrucciones precisas y concretas que se espera el ejecutivo sepa comprender.
En conclusión esta ordenanza hace responsable a los expendedores de combustibles que los motociclistas usen el casco para poder cargar, lo que no se ha indicado es multa alguna para los que permitan su carga, por ello el tiempo dirá que sucede y lo importante es hacer hincapié en el uso del casco.
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