La circulación del tránsito pesado por la zona céntrica sigue dando dolores de cabeza al concejo deliberante, que en un intento de regular la circulación de los vehículos de gran porte por lugares no permitidos, ha decidido aumentar los montos de las multas vigentes hasta ahora.
Para ello, los ediles municipales, mediante la ordenanza 1155/2008, han modificado los artículos 258 y 260 del Código Municipal de Faltas, explicitado en la ordenanza municipal Nº 1084/07.
Entre las modificaciones del artículo 258, se cita expresamente que “quien circulare con vehículos de gran porte (vehículos pesados estipulados como tales en la ordenanza 787/02), será sancionado con multa de 1.500 a 5.000 módulos”.
En lo que se refiere al artículo 260, los ediles realizaron la siguiente modificación: “todo conductor de vehículo de gran porte (vehículos pesados estipulados como tales en la ordenanza 787/02) que ante la señal de la autoridad competente desobedeciere la orden de detener la marcha del vehículo o de mantenerlo detenido durante el tiempo necesario que por razones de seguridad o medidas de control se impongan, será sancionado con una multa de 1.500 a 50.000.
Además de estas modificaciones, la ordenanza 1155 del 2008 ha modificado el artículo 2 de la ordenanza 787/02 y ha prohibido el acceso, circulación y estacionamiento en la zona céntrica de todo vehículo automotor utilitario preparado para remolcar semis, carretones o similares, cuya dimensión supere la de los vehículos convencionales, por considerar que estos vehículos de gran porte pueden ser peligrosos para cualquier auto de calle.
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